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Una organización agraria despide a un periodista y no solo no le indemniza sino que le exige 10.000 euros por ‘lucro cesante’

12/11/2012

19:38

Escrito por: APM

Representante legal de COAG presionó al periodista con el fin de que retirara la demanda por la improcedencia del despido.

 

La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos de Almería  (COAG-Almería) no sólo no pagó la indemnización por despido al periodista que ejercía esa función en su gabinete de prensa, sino que además le exigió el pago de casi 10.000 euros por el “lucro cesante” que había supuesto que el juzgado les embargara tres vehículos por ese motivo, según publica Noticiasdealmeria.com y ha constatado la Asociación de Periodistas - Asociación de la Prensa de Almería (AP-APAL) y el Colegio de Periodistas de Andalucía en Almería.

El representante legal de COAG se dirigió al periodista para presionarle con el fin de que retirara la demanda por la improcedencia del despido, e indicarle que habían “peritado el lucro cesante dejado de obtener” como consecuencia de las “medidas cautelares llevadas a cabo”, según Noticiasdealmeria.com. 

Pero no sólo eso, COAG señala que este “requerimiento” tienen una validez de “cinco días”, que es el plazo que da al periodista al que no pagó la indemnización por despido para “llegar a una solución amistosa” o en caso contrario “entenderemos que desestima nuestro ofrecimiento y se procederá judicialmente contra quien corresponda”. El periodista no se amedrentó, no respondió a este requerimiento y mantuvo su denuncia.

El representante de la organización agraria que despidió al periodista tras advertirle la Inspección de Trabajo que lo tenían cotizando por debajo del nivel que legalmente le correspondía, concluye en su comunicación al periodista que quedan “en espera de una solución favorable, para no tener que producir gastos innecesarios, quedamos a su entera disposición”.

COAG le despidió a este periodista el 18 de octubre de 2010, y el juzgado sentenció la extinción de la relación laboral el 27 de septiembre del año siguiente, condenando a la organización al pago de una indemnización por su improcedencia y los correspondientes salarios de tramitación del periodo comprendido entre la fecha del mismo y la fecha de la resolución judicial.

Fuente: Asociación de la Prensa- Asociación de Periodistas de Almería (AP-APAL)
 

 

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