Fundada en 1895

Manu Carreño (‘El Larguero’) y Valencia Plaza no incumplieron el Código Deontológico, según la Comisión de Quejas

03/04/2019

13:39

Escrito por: APM

La queja presentada por SOS Racismo contra “Gran Hermano VIP 6” fue desestimada porque este programa carece de naturaleza periodística

Según un comunicado de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), la Comisión de Arbitraje Quejas y Deontología del Periodismo estimó que Manu Carreño no vulneró el Código Deontológico de la FAPE en una entrevista a Pablo Belmonte, único superviviente del accidente en el Nevado Mateo, en el programa “El Larguero” de la Cadena SER el pasado 8 de enero. Una queja presentada contra el citado periodista “considera que algunos elementos de la entrevista atienden más al interés de conseguir una repercusión para el programa y un aumento de audiencia”, por encima “del interés público de la noticia”. El informe elaborado por la Comisión concluyó que Manu Carreño no vulneró el Código Deontológico de la FAPE, en concreto en  los apartados b) y c) del principio 4 que recomiendan “evitar la intromisión gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sentimientos y circunstancias en asuntos en que medien elementos de dolor y aflicción en las personas afectadas”.

Resolución 2019/161

Conforme a la misma nota, la Comisión consideró que Javier Cavanilles, autor del artículo “Castellón nunca fue Guernica” publicado por el diario digital Valencia Plaza, no vulneró el Código Ético de la FAPE. El artículo aborda los bombardeos de la Legión Cóndor en el Maestrazgo en mayo de 1938. Está relacionado con el documental “Experimento Stuka” dirigido por los denunciantes Rafael Molés y José Andreu. En los razonamientos de la ponencia se señaló textualmente que "la Comisión no considera que se hayan cometido las vulneraciones de los preceptos del Código Deontológico que han sido denunciados,porque tras analizarlo, resulta que en la conducta del medio y periodista denunciados ni aparecen infracciones del principio de respeto a la verdad (Principio General 2); ni en la búsqueda de la verdad se advierten infracciones del Principio de Actuación 1; ni ha faltado el contraste de fuentes; ni se han negado oportunidades de rectificación, corrección o disculpas; ni se han utilizado métodos indignos para obtener información; ni se ha faltado al respeto al off de record; y, en fin, con lo publicado no se impide distinguir entre hechos y opiniones”.

Por todo ello, la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo entendió que no se han vulnerado los preceptos del Código Deontológico de la profesión periodística objeto de la denuncia formulada.

Resolución 2019/159

Por último, SOS Racismo remitió una queja contra Telecinco por los comentarios realizados en diferentes emisiones del programa “Gran Hermano VIP 6”. Denuncian las expresiones y comentarios de carácter racista que se habrían producido por parte de varios participantes del espacio. La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del  Periodismo desestimó esta queja, dado que “las expresiones que se denuncian, pese a su notoria gravedad, son realizadas por participantes del programa, no por periodistas, y este programa, Gran Hermano VIP, carece de naturaleza periodística, por lo que no caben dentro del ámbito de “las cuestiones de deontología y ética periodísticas” que, según su Reglamento, corresponde valorar a esta Comisión, como concluye el comunicado.

Resolución 2019/160

Comentarios