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La AMI defiende que el periodismo de calidad necesita proteger su propiedad intelectual

14/07/2020

09:16

Escrito por: APM

Esta se resguarda a través de la compensación por agregación de contenidos, asegura la patronal de los medios.

La Asociación de Medios de Información (AMI) ha defendido en un artículo que el periodismo de calidad necesita proteger la propiedad intelectual de las noticias, la cual se resguarda a través de la compensación por agregación de contenidos. “Sin esta herramienta, los medios de comunicación estarían desprotegidos ante posibles presiones”, afirman.

Para poder ofrecer un periodismo veraz y riguroso, “desde el periodista y los medios de comunicación han de reafirmar su valía, que encuentra respaldo y protección en una herramienta europea denominada compensación por agregación de contenidos”, repiten desde la AMI.

Desde la patronal de los medios recalcan que “el titular de los derechos de propiedad intelectual es el editor de prensa, puesto que, al ser una obra colectiva, la legislación española le asigna la propiedad del derecho. Esto no quiere decir que el periodista pierda sus derechos sobre su obra, sino que es el editor, como gestor colectivo, quien se encarga de la gestión de los mismos, al ser la figura que invierte, da unidad, fija criterios, entre otras responsabilidades”.

La regulación para agregadores de noticias y buscadores

En el mismo artículo, la AMI recuerda que desde 2014, a través del artículo 32.2 de la Ley de Propiedad Intelectual, se ordena el uso por parte de los agregadores de las noticias que generan los medios, acotándose que “las empresas digitales que realizan agregación de contenidos pueden utilizar un fragmento no significativo de una noticia sin autorización, “pero abonando una compensación por el uso de esa obra”.

En el mismo artículo 32.2 se establece una diferencia entre los agregadores y los clásicos buscadores, puesto que estos últimos, además de poder utilizar las noticias sin autorización, tampoco tienen que pagar compensación directa. La manera de gestionar este abono es a modo de compensación de gestión colectiva compensatoria e irrenunciable. Es decir, esta retribución se gestiona desde una entidad. En España, es CEDRO, la asociación de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras, quien se encarga de esta tarea, y, por ello, los editores no pueden renunciar a ella, al tratarse de un mecanismo para equilibrar fuerzas.

“Sin este mecanismo, sería imposible para cualquier medio de comunicación poder negociar con la gran multinacional” Google, aseguran. “En países en donde esta tasa es inexistente, como en Francia, o en aquellos en los que se tramita de manera individual, como en Alemania, se ha puesto de manifiesto que es la empresa estadounidense la que marca sus condiciones. Unos requisitos que no reconocen el derecho de propiedad intelectual y que se limitan a abonar un pago para el desarrollo de la actividad digital de la empresa”, agregan.

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