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El reportaje ‘Maltrato, corrupción y puticlubs: los trapos sucios de los jueces escandalizan a Italia’, publicado en ‘Papel’, no vulneró el Código Deontológico de la FAPE

07/12/2021

12:18

Escrito por: APM

La Comisión deontológica resuelve una queja presentada por Alfonso Peralta sobre un reportaje publicado en el suplemento de 'El Mundo'.

Captura de parte de la noticia publicada en 'Papel', de 'El Mundo'.

El reportaje titulado “Maltrato, corrupción y puticlubs: los trapos sucios de los jueces escandalizan a Italia”, publicado en el suplemento Papel, de El Mundo, y firmado por la periodista Irene Hernández Velasco, no vulneró el Código Deontológico de la FAPE, así lo confirma la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo, en su resolución 2021/185.

La resolución llega tras la queja presentada ante la Comisión por Alfonso Peralta Gutiérrez por considerar que, en dicho reportaje, la periodista vulnera los artículos 1 y 5 de los Principios Generales del Código Deontológico, referidos a que se debe actuar “siempre manteniendo los principios de profesionalidad y ética contenidos" en dicho Código y a que el periodista “debe asumir el principio de que toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario y evitar al máximo las posibles consecuencias dañosas derivadas del cumplimiento de sus deberes informativos”. Asimismo, el denunciante considera que se infringe el artículo 1 de los Principios de Actuación, el cual hace referencia al compromiso con la búsqueda de la verdad de los profesionales de los medios.

No infringe ninguno de los artículos denunciados

El reportaje en cuestión, publicado en diciembre de 2020, trata sobre la publicación del libro El libro negro de la Magistratura, escrito por el periodista Stefano Zurlo. En él, según la Comisión, “la periodista se ha limitado a recoger la opinión de un personaje que, para ella, es de actualidad, puesto que la publicación del libro así lo atestigua. Y es en ese contexto en el que hay que valorar tanto las opiniones del autor del libro como la recepción de sus declaraciones por parte de la periodista que en ningún momento ha interferido ni valorado las opiniones del entrevistado”.

Por tanto, la Comisión considera que la periodista Irene Hernández Velasco, autora del reportaje, no vulneró el artículo 1 de los Principios Generales del Código Deontológico de la FAPE, pues “la afirmación objeto de denuncia no parte de la periodista firmante del reportaje, sino de uno de los entrevistados para la realización de dicho trabajo”. También descarta que no se cumpliese el artículo 5 de los Principios Generales, pues “en dicho reportaje no se acusa a nadie en particular, con lo cual no cabe aludir al principio de inocencia mientras no se demuestre lo contrario”.

Asimismo, la resolución concluye que “la información firmada por Irene Hernández Velasco tiene compromiso con la verdad", tal y como establece el artículo 1 de los Principios de Actuación. "Verdad en cuanto a que ha dado cuenta de un hecho cierto, la publicación de un libro en el que se denuncian malas prácticas por parte de determinados jueces italianos y verdad también en la búsqueda de la valoración del autor del libro, cuyas opiniones son libres. No ha falsificado documentos ni ha omitido informaciones esenciales, todo lo contrario. La noticia de la publicación del libro y los contenidos que relata en su trabajo periodístico demuestran que, lejos de omitir, da cuenta de hechos determinados que el libro hace públicos”.

Consulta aquí el texto completo de la resolución 2021/185

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